El jueves 23 de marzo de 2022, Rocío Mora -Directora de APRAMP- compareció en el Congreso, en la Comisión de Igualdad, durante el proceso de consultas de la ‘Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual’.
Desde APRAMP estamos agradecidas por la invitación a esta comparecencia y por mostrar interés por conocer nuestra opinión. Nos enorgullece como organización, ya que siempre hemos creído imprescindible la colaboración de nuestra organización con el legislativo, el ejecutivo o el Poder judicial.
El anteproyecto de la ‘Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual’ ha sido el canal elegido por el ejecutivo para introducir reformas que afectan al tratamiento jurídico de la practica prostitucional, aunque el texto se limita a combatir a quienes obtienen beneficios económicos de la prostitución y no el hecho prostitucional en sí.
Que la modificación del artículo 187 del C.P. y la incorporación del artículo 187 bis al C.P. se haga en este texto normativo de esta ley, en vez de en una Ley integral y especifica contra la trata, la explotación sexual y la prostitución de seres humanos, es inicialmente desconcertante.
Somos una organización que trabaja en primera línea y que conoce las derivadas de la practica prostitucional, su evolución y circunstancias. Conocemos de primera mano la vida de las personas prostituidas y las circunstancias afectivas, personales, profesionales, económicas, sanitarias, culturales y sociales que contribuyen a imposibilitar en muchos momentos el abandono de esa actividad prostitucional ya que son circunstancias que doblegan la resistencia de las victimas a ser explotadas.
La prostitución no es una expresión de libertad sexual de la mujer, sino que tiene que ver casi siempre con la violencia, la marginación, la dificultad económica y la cultura sexista y patriarcal.
Los procesos que se han llevado a cabo en países como Suecia o Francia se han basado en fijar la idea de que la prostitución es una práctica social no deseable (en el caso sueco), y en considerar como punto de partida que el cuerpo no es un producto, el cuerpo no puede estar sujeto a comercio, que las personas no son mercancía y que por tanto es imperativo el reproche penal y la no aceptación de legitimidad contractual.
Las reformas que se proponen a través de diferentes enmiendas suenan bien. Pero se deja abierta la puerta a interpretación judicial respecto de un proxenetismo blando que se escabulliría de sanción penal, y que debe hacernos reflexionar sobre la importancia de establecer de manera definitiva que la prostitución de seres humanos debe ser una actividad contraria a Derecho.
Desde APRAMP queremos poner freno, primero a los intentos de normalización y minimización de la violencia real que la mayoría de las mujeres experimentan en la prostitución, y segundo para avanzar en una legislación que expulse definitivamente la idea de que es legítimo y socialmente aceptable que las personas, las mujeres, sean objeto de comercio.
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