Podremos acreditar los requisitos para el reconocimiento de la condición de vulnerabilidad o vulnerabilidad severa económica y social en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes
La Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales distingue a APRAMP como entidad que puede acreditar los requisitos para que no se les suspenda el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a personas con condición de vulnerabilidad que no puedan acreditar la titularidad del contrato de suministro ni, por tanto, acceder a la condición de “consumidor vulnerable o vulnerable severo”.